Preguntas frecuentes
El notario es un profesional del Derecho, investido de fe pública por el Estado, que brinda seguridad jurídica y certeza en los actos y hechos de los que da fe, manteniendo siempre un alto nivel de profesionalismo, una total imparcialidad con los prestatarios del servicio y una plena autonomía en sus decisiones, las cuales sólo tienen por límite el marco jurídico y el estado de Derecho. El notario ejerce su función con independencia del poder público y los particulares, teniendo a su cargo el recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de los comparecientes y plasmar ésta en un instrumento público y auténtico, redactado bajo su responsabilidad y que puede ser una escritura pública, si se trata de dar fe de un acto jurídico, como por ejemplo un contrato; o bien un acta notarial, si se certifica un hecho jurídico o material, por ejemplo una notificación o una fe de hechos. El notario conserva y reproduce el instrumento, brindando así seguridad y tranquilidad a la sociedad a la que sirve. También auxilia a las autoridades locales y federales en el cálculo y cobro de impuestos y derechos; y vigila que se cumpla con el procedimiento registral necesario para que se publiciten los actos que ante él se otorgan.
El Notariado mexicano es un coadyuvante en la administración de la justicia en México, al proporcionar seguridad jurídica y prevenir posibles litigios y conflictos. La función notarial se extiende a todas las actividades jurídicas no contenciosas, por lo que proporciona seguridad jurídica y previene posibles litigios y conflictos al mediar entre las partes. Las principales obligaciones de un notario son:
• Actuar de manera imparcial, al asesorar a las personas que comparecen ante él, protegiendo los intereses de todos los involucrados.
• Redactar, leer y explicar el instrumento que contiene el acto o hecho del que dará fe.
• Calcular, retener y enterar el monto de los impuestos de las escrituras que autoriza, así como pagarlos en la Tesorería Local o Federal, cuando se causen.
• Inscribir en el Registro Público de la Propiedad y en el de Comercio los actos que así lo requieren.